Índice de contenidos
La solicitud de familia numerosa es un trámite gratuito y sencillo que te permitirá acceder a diversos beneficios, así como a tener prioridad para el otorgamiento de ciertas prestaciones sociales.
La familia numerosa tiene un estatus especial en la legislación española. Esto emana de lo establecido por la Constitución Española de 1978, que en su artículo 39 expresa que” los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia”.
El coste económico que significa la manutención de una familia numerosa obliga al Estado a asistirlas para que “los miembros de las familias numerosas no queden en situación de desventaja con respecto al acceso a bienes económicos, culturales y sociales”. Así lo expresa la ley 40/2003 de Protección a las familias numerosas.
En la ley también se establece que es la Comunidad Autónoma de residencia del ascendiente beneficiario en donde se debe solicitar familia numerosa. Por lo tanto, el trámite se realiza en esas Administraciones, aunque el carnet de familia numerosa tiene validez nacional.
¿Qué es una familia numerosa según la ley española?
El texto legal es claro, se considera “familia numerosa la integrada por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes”.
El carácter amplio y protector de la ley equipara a este status a otros grupos que necesitan la ayuda de familia numerosa por parte del Estado:
- Parejas o familias monoparentales con dos hijos, sean comunes o no, si uno de estos es discapacitado. También si uno de los progenitores ha fallecido.
- Familias con ambos ascendientes discapacitados con dos hijos comunes o no. O con un progenitor incapacitado con un grado mayor al 65%.
- Grupo familiar con tres hijos y padres divorciados o separados. No es necesario que vivan en el mismo domicilio, siempre que se acredite dependencia económica.
- En el caso de dos o más hermanos huérfanos de padre y madre con un tutor acogedor o guardador, “pero que no se hallen a sus expensas”.
- Unidad familiar conviviente e interdependiente económicamente que esté conformada por dos hermanos, si uno de ellos es discapacitado, o tres o más hermanos mayores de 18 años, todos huérfanos de ambos progenitores.
También se hace una distinción en cuanto al número de miembros, reconociéndose dos tipos:
▶ Familia numerosa Especial: grupos familiares con 5 hijos o más y con 4 hijos “de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples.”
▶ Familia numerosa General: el resto de las unidades familiares.
Aclaración: si tu tienes hijos discapacitados se computan como dos a los efectos de la clasificación, al solicitar familia numerosa.
Requisitos para hacer la solicitud de familia numerosa
Si tu eres el solicitante titular, los hijos o hermanos forman parte de tu unidad familiar:
– Si son menores de 21 años y solteros. Esta edad se extiende hasta los 25 años si es estudiante. No hay límite de edad para hijos discapacitados. En todos los casos deben ser convivientes con el solicitante, a excepción del supuesto de separación.
– Si ellos dependen económicamente de ti. La ley determina cuales son los supuestos para considerar esta situación.
– Deben ser españoles o con nacionalidad de países miembros de la UE y tener residencia en territorio español. En el caso de vivir en otro país de la UE, al menos un ascendiente debe tener su actividad económica en España.
– En el caso de extranjeros, todos los miembros de tu grupo familiar que se declaren como tales para acceder al beneficio, tienen que tener residencia legal en España
¿Cómo se obtiene el titulo familia numerosa?
Cada Comunidad Autónoma tiene su sistema para que hagas la solicitud de familia numerosa, aunque en general, puedes hacerlo de forma presencial o de manera online.
Si tu tienes DNIe o certificado electrónico, ingresa al sitio oficial del gobierno local, cargas los datos que te solicitan y tendrás el título de inmediato.
En cambio, si vas a hacerlo personalmente, para hacer la solicitud de familia numerosa necesitas cita previa. De acuerdo a la localidad puede ser en el Ayuntamiento, la Delegación Territorial de Salud y Familia o la oficina que se ocupe del tema en tu comuna. En este caso, te informarán al momento del trámite cuál es la demora de entrega del carnet de familia numerosa.
En todos los casos se expide una tarjeta personal e intransferible a cada miembro de la familia con DNI.
¿Quién debe hacer la solicitud?
Si vas a solicitar familia numerosa debes saber que puede hacerlo cualquier persona cargo del hogar, progenitores, tutores, guardadores, acogedores u otro miembro que componga la familia y que tenga capacidad legal para hacerlo.
Documentación a presentar para solicitar familia numerosa
Tanto la presentación online como la presencial requieren de los siguientes documentos:
- Formulario completo.
- Volante con el domicilio familiar de empadronamiento.
- DNI, NIE o pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar.
- Constancia de Matrimonio, constancia de convivencias para las parejas de hecho.
- Certificados de Nacimiento y libro de familia. Resolución judicial en caso de adopción o guarda.
- Documentos para acreditar situaciones específicas como discapacidad, estudiantes mayores de 21 años, permisos de residencia, certificados de defunción, datos de la Renta, etc.
Los documentos extranjeros en idioma que no sea el español deben estar traducidos y legalizados.
Si bien cada comunidad tiene un diseño de formulario diferente, los datos que se solicitan son básicamente los mismos. Por ejemplo, si tu vives en Sevilla, tu titulo de familia numerosa lo expedirá en gobierno de Andalucía. Aquí como ejemplo compartimos contigo la solicitud de familia numerosa de Madrid.
Beneficios para las familias numerosas
Una vez que tienes tu título de familia numerosa, se activa el derecho para acceder a los beneficios que están establecidos por la ley. Algunos de ellos son:
- Descuentos familia numerosa en impuestos para contratar cuidadores familiares.
- Protección laboral extra.
- Acceso preferencial a centros de actividades deportivas, sociales y educativas de gestión estatal, becas y viviendas.
- Exenciones o descuentos para familias numerosas en las tasas y precios.
- Subsidio para educación especial de hijos con discapacidad.
- Deducción familia numerosa
Pregunta frecuente: ¿Alguien ha cobrado los 100 euros de familia numerosa?
Otro de los beneficios para los grupos con titulo de familia numerosa es la posibilidad de deducir 1200 euros anuales del IRPF u optar por un pago adelantado de 100 euros mensuales. Consulta en tu gobierno local como puedes acceder al llamado Cheque Familiar.
Cada Comunidad Autónoma o gobierno local puede ampliar estas ayudas para familias numerosas, ya que las mismas son acumulables y compatibles. Esto en cumplimiento del principio de no regresividad de los derechos sociales y el carácter protectorio de la familia del articulo 39 de la Constitución española.