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Si está interesado en vivir en España, entérate ¿cómo obtener la nacionalidad española para los hijos mayores de 18 años?
Si deseas viajar con tus hijos o eres un joven mayor de edad, debes conocer cómo conseguir la nacionalidad española. Incluso, en caso de que sea una de las personas que tiene la nacionalidad pero desea compartirla con sus hijos.
Es una duda o inquietud que puede generarse en la actualidad con la situación de la emigración de la población. Debes saber que en España la mayoría de edad se adquiere a los 18 años, en este artículo sabrás más.
¿Cómo puedes tramitar la nacionalidad española para hijos mayores de 18 años?
Todo hijo mayor de 18 años de edad extranjero, puede tramitar la nacionalidad, sea por el padre o la madre. Indistintamente de quien la haya adquirido la nacionalidad entre ambos puede solicitarla por residencia pero existen algunas excepciones.
En la actualidad hay tres opciones para tramitar la nacionalidad española las cuales debe considerar previamente, estas son:
Nacionalidad española por residencia.
Con esta forma de adquisición de la ciudadanía se requiere que la persona resida legalmente en España, durante 10 años. Debe ser de manera continua e inmediatamente anterior a la petición, aunque existe la posibilidad de sea reducido el tiempo.
Sin embargo, eso dependerá de ciertas situaciones como aquellas personas en condición de refugiado, personas provenientes de países iberoamericanos. También, aplica para personas originarias de sefardí, los nacidos en el territorio y demás criterios que se estimen conveniente.
Nacionalidad española por valor simple de presunción.
Con esta opción el país reconoce a los hijos de padres extranjeros nacidos en España, pero aplica bajo una condición. Solo sí los padres no le atribuyen la ciudadanía o sí ambos padres no poseen la nacionalidad del país origen.
En caso de que los padres tengan o no la misma nacionalidad, igual tendrán derecho a solicitar la nacionalidad española. Siempre y cuando combinen entre sí las nacionales provenientes de países como Colombia, Costa Rica, Cuba, Panamá, Portugal y otros.
Nacionalidad española por opción.
En el momento en que los padres obtengan la ciudadanía española, inmediatamente podrán comenzar con el trámite de sus hijos. En España, este proceso podrá llevarse a cabo si los niños se encuentran en el país o desde el extranjero.
Mediante los Registros Civiles Consulares de España podrá hacer el trámite, este es un beneficio que otorga la legislación española. Destinada a extranjeros que tienen condiciones precisas para adquirir la nacionalidad española.
¿En qué consiste la nacionalidad española por opción para hijos mayores de 18 años?
Por esta opción se podrá hacer la petición de la ciudadanía para hijos menores de 18 años por regla universal. No obstante, hay situaciones determinadas que es posible pedir la nacionalidad por opción para hijos mayores hasta los 20 años.
Esto puede ser factible debido a que los hijos pueden reclamar su nacionalidad a lo largo de 2 años. De hecho, tendrá oportunidad de hacer la petición hasta el día anterior al día que cumpla los 20 años de edad.
Debido a que este es un procedimiento por opción, es sumamente sencillo en comparación con la nacionalidad por residencia. Con esta fundamentalmente se tendrá que hacer el juramento de respeto y fidelidad a la constitución española y al Rey.
Sumado a la inscripción en el Registro Civil que realizará, sin embargo, este trámite no lo puede hacer cualquier persona. Por lo tanto, se deben evaluar ciertas circunstancias para ello, tales como:
- Si son personas mayores de 18 años de edad y emancipados, tramitarán ellos mismos la solicitud de la nacionalidad española.
- Si el hijo o hija aún no ha cumplido los 14 años, los responsables del trámite son los representantes legales.
- En caso de tener entre 14 y 18 años o la persona está en una condición de discapacidad. Podría por su propia cuenta hacer la petición de la nacionalidad en compañía de su representante legal.
La solicitud de la nacionalidad se puede pedir conforme a los casos que se mencionan a continuación:
- Presentar en el Registro Civil del domicilio, la solicitud en caso de que los hijos vivan en España.
- En el Consulado Español del país de residencia, deberá asistir si los hijos están en el extranjero.
- Si ninguno de los padres tiene la nacionalidad española, el menor de edad obtendrá la ciudadanía únicamente por residencia.
¿Qué debes saber sobre la petición de la nacionalidad española para hijos mayores de edad?
Si el hijo mayor de 18 años desea nacionalizarse en España, tendrá el derecho de optar a la ciudadanía. Sí está bajo la patria potestad de un ciudadano español de origen extranjero o un ciudadano que esté nacionalizado.
En caso de que el hijo mayor cumpla con este requisito optará por la ciudadanía por sí mismo. Es decir, que no necesita la aprobación o consentimiento de sus representantes legales o padres para ello.
Sin embargo, esto no lo exonera de presentar la fotocopia de los documentos de identidad de sus padres. Si no que no requiere de alguna autorización para llevar a cabo este trámite por su iniciativa propia.
Obtener la nacionalidad por opción es realmente un proceso más corto y sencillo que hacerlo por medio de la residencia. Aunque esto es cuestión del solicitante, quien elegirá la vía que le sea más conveniente cumpliendo con los recaudos.
Por otra parte, cuando sea el caso de los hijos entre los 14 y 18 años, de una persona nacionalizada. Quien firmará la solicitud es el menor porque tiene la capacidad de tomar decisiones por sí mismo.
Aunque los representantes o padres también deberán aceptar la solicitud porque el menor está sujeto a la patria potestad. Mientras que si el hijo es menor de 14 años de edad, y uno de sus padres es nacionalizado.
Primero tendrá que recibir la autorización legal para formalizar la solicitud. Optará la ciudadanía si posee los requisitos acordes a la edad del menor ya que los mismos varían.
Están sujetos al criterio de permanencia en el país, si está residenciado legalmente por el tiempo necesario.