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La muerte de una persona queda certificada legalmente a través del acta de defunción. En México, el Registro Civil es la autoridad correspondiente para emitir este documento importante en materia de Derechos Civiles.
Este documento posee relevancia para los familiares ya que es necesario para oficializar otros trámites vinculados directamente al fallecimiento legal. Algunos de ellos pueden ser el traslado del cadáver, sepultura o incineración, cobro de seguros, condonaciones de deudas, etc.
En muchos casos no se puede realizar ningún procedimiento sin este documento, de aquí la importancia de la siguiente información.
¿Cómo obtener el certificado de defunción?
Mucho antes de procesar un acta de defunción, debe tenerse a la mano el certificado que generan las autoridades competentes. Este puede tomarse como un primer paso existente antes de reafirmación de que la persona se encuentra fallecida.
En general y según las leyes competentes, deben considerarse las tres formas de reportar el deceso de una persona:
Certificado por Muerte de causas naturales
Se presenta cuando la persona fallece en un domicilio en particular, dando obligación a sus familiares de reportarlo al 911. Solo así es como podrán notificar los sucesos y una ambulancia llegará a la localidad para trasladar el cuerpo.
Certificado por Muerte en Hospital
En este supuesto, el personal médico tomará la responsabilidad de anunciar a las autoridades correspondientes la muerte y su causa. Por lo tanto, el mismo certificado de defunción será tramitado por la clínica u hospital.
Certificado por Muerte Violenta
Si una persona ha muerto por causas violentas, se debe notificar inmediatamente al 911 o contactar al Ministerio Público. Esta entidad se encargará de realizar las investigaciones correspondientes para determinar la causa de muerte exacta.
Bajo este escenario, cuando se confirme lo anterior es cuando se podrá emitir un certificado de defunción. Al mismo tiempo que el cuerpo será entregado.
Requisitos para obtener el acta de defunción
Una vez se disponga del certificado de defunción ya se puede acudir a los juzgados del Registro Civil en servicio. Dentro de esta entidad se presentarán los siguientes documentos:
- Solicitud de acta de defunción.
- Certificado de defunción.
- Acta de nacimiento de (la) fallecido (a). Debe mostrarse la original y copias.
- Identificación real y oficial. Algunas son: la credencial para votar, cartilla Servicio Militar Nacional o pasaporte.
- Documentos de Identificación de la persona que efectúa el trámite y desea generar el acta de defunción.
- Carta Poder Simple previamente firmada por dos testigos. Este documento también requiere copias de sus identificaciones oficiales y vigentes.
En caso de que la muerte se registre por causas violentas debe existir un escrito presentado por el Ministerio Público. Esta entidad es la encargada propiamente de autorizar la cremación o inhumación del cuerpo, procesos comunes en la actualidad.
En el supuesto de que hayan transcurrido más de 48 horas de la muerte de la persona existe el mismo procedimiento. Se trata de la autorización hecha por una entidad de la salud que sea competente para estos asuntos legales.